Entradas

Mostrando entradas de marzo, 2020

ALIMENTOS

Imagen
  Sabias que quien tiene los hijos a cargo es quien debe pedir alimentos al progenitor no conviviente? Si sos mama o papa y tenes a tus hijos a cargo es obligación del progenitor no conviviente pasar cuota alimentaria Que debe cubrir la cuota? Casa, comida, salud, educación, vestimenta, esparcimiento.- La cuota se puede pactar en dinero o mitad dinero y mitad especias ( ej. si el papa es dueño de un supermercado le podrá dar alimentos en especies.-) Siempre hace un acuerdo, donde contenga estos puntos y ademas aumento de cuota y cuotas extraordinarias por ej: matricula del colegio, materiales de colegio, lentes, ortodoncia, etc.- ----- Dra Paula Vergara - UBA - T. 73 F. 778 Actualizaciones de Derecho Civil (Asociación de Abogados de capital federal) Divorcio Caba y Pcia Alimentos - Régimen de comunicación y cuidado personal ( Colegio de Abogados de Cpital Federal) Congreso sobre Violencia de Genero ( CPACF) Estudio Asociado Vergara-Batallan @vergara_batallan_abogados

CONSENTIMIENTO O ASENTIMIENTO

Imagen
  Un interrogante que surge en la practica diaria es si la terminología utilizada por el legislador es la correcta: el cónyuge o conviviente,  ¿prestan su asentimiento o su consentimiento? Es por eso que en la presente nota veremos la diferencia y el buen empleo de las palabras. El  Asentimiento  es un acto jurídico unilateral, recepticio, expreso, revocable y no personalísimo. Es unilateral porque no depende de la voluntad de otro sujeto. Es recepticio porque su eficacia quedará supeditada a la recepción del mismo por el destinatario interesado y su utilización. Es expreso ya que debe manifestarse por escrito en todas las etapas de la contratación con las formalidades que sean exigibles para cada una. Es revocable mientras no se otorgue el acto jurídico para el que se dio, salvo los casos de negocios concluidos en los que podrá ser irrevocable y póstumo si reúne los requisitos legales. Es no personalísimo ya que puede delegarse la manifestación en un representante o pedirse la interve

Doble Indemnización

Imagen
  Tenías conocimiento que en diciembre de 2019 entro en vigencia la emergencia pública en materia ocupacional. Se ha dictado un decreto mediante el cual se pretende atender situaciones de extrema vulnerabilidad de sectores desprotegidos en un contexto de marcado descenso de la oferta laboral. Se pretende de esta forma detener el agravamiento de la crisis en tal sentido. POR ESO… en caso de despido sin justa causa durante la vigencia de éste decreto, aquellos trabajadores que se vean afectados por un despido, tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización legal que les hubiese correspondido antes de la entrada en vigencia del DNU.- Esta medida alcanza a todos los trabajadores en relación de dependencia en el sector privado y como dijéramos, regirá para las relaciones existentes antes de la entrada en vigencia del decreto, la cual se remonta al 14 de diciembre de 2019.- ---------- Dr. Ramiro E. Batallán - Abogado - UBA - T124 F479 CPACF Estudio Asociado Vergara-Batallan vergarab

BIENES PROPIOS

Imagen
  CARACTER PROPIO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS DURANTE EL MATRIMONIO La importancia de informar al momento de la compra de un bien registrable de donde proviene el dinero por el cual se adquiere, hace al carácter del bien. Si se adquiere un bien durante el matrimonio y se informa que el dinero por el que se adquiere es propio o proviene de una donación o herencia el bien se considerara propio y no ganancial # bienespropios   # inmuebles   # matrimonio Más info: 👇 👇 📧 natalialahalo@gmail.com